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¿Cómo se recupera el impuesto al plástico con el modelo A22?

El modelo A22 es la solicitud de devolución del Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Permite recuperar el impuesto ya soportado sobre envases por los que se acredita, entre otros supuestos, su envío fuera del territorio de aplicación del impuesto (exportación o envío a otro Estado), o que han dejado de ser adecuados para su uso o han sido destruidos. Lo pueden solicitar quienes, sin ser contribuyentes del modelo 592, soportaron el impuesto y acreditan el derecho a la devolución. Es un derecho que muchas PYMEs exportadoras llevan años sin ejercer.

Qué permite recuperar

El impuesto al plástico (Ley 7/2022) grava el plástico no reciclado de los envases no reutilizables. Cuando esos envases salen del territorio de aplicación del impuesto o dejan de destinarse a su uso previsto, la ley reconoce el derecho a devolver el impuesto ya pagado. El modelo A22 es la autoliquidación con la que se solicita esa devolución ante la Agencia Tributaria. Es, en esencia, el reverso del modelo 592: uno paga, el otro recupera.

Quién puede solicitarla

Pueden pedir la devolución vía A22, entre otros, los adquirentes de los envases que acrediten alguno de los supuestos de devolución previstos en la ley (por ejemplo, el envío de los productos fuera del territorio español) y que no sean ya contribuyentes que se deducen el impuesto en su propio modelo 592. Cada supuesto exige acreditación documental, por lo que conviene revisar tu caso con detalle.

Para estimar cuánto podrías recuperar tienes nuestra calculadora gratuita de devolución (https://circulr.es/tools/devolucion-plastico), y el artículo con el detalle del procedimiento (https://circulr.es/blog/recuperar-impuesto-plastico-modelo-a22). Importante: CIRCULR no es colaborador social y no presenta el A22 en tu nombre; preparamos el expediente con los números para que tú o tu gestor lo presentéis.

Fuentes oficiales

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Otras preguntas

Contenido divulgativo de carácter general revisado por un consultor de CIRCULR; no constituye asesoramiento legal ni fiscal. Verifica siempre el texto oficial enlazado. Última actualización: 10 de julio de 2026.