Con los datos que usted aporta preparamos su impuesto al plástico del trimestre: la memoria de cálculo de los kilos de plástico no reciclado producto a producto con la fuente de cada peso, las exenciones aplicadas y su porqué, el libro registro de existencias del periodo y el modelo 592 cumplimentado en borrador con las instrucciones para presentarlo. Lo revisa y firma un consultor. La autoliquidación la presenta y la firma usted, o su gestoría, en la sede de la AEAT.
Cada producto o envase con sus kilos de plástico del trimestre, el porcentaje de reciclado y de dónde sale el peso (ficha técnica, proveedor o pesaje). Si alega una exención, indica cuál y con qué documento la acredita. Quince minutos.
Kilos no reciclados por producto, base imponible y cuota al tipo legal de 0,45 €/kg, con el reciclado descontado solo si tiene certificación UNE-EN 15343. El cálculo es determinista: cualquiera puede repetirlo con una calculadora.
Revisa las exenciones alegadas, los pesos estimados y la certificación del reciclado. Recibe el PDF firmado con los datos del modelo por concepto y los pasos para trasladarlos a la sede electrónica. Lo presenta y lo firma usted o su gestoría.
Plazo: el cálculo es inmediato; la revisión del consultor es lo que lleva tiempo. Encárguelo en cuanto cierre el trimestre y lo tendrá con margen para el plazo de presentación. Si nos falta un dato, se lo pedimos el mismo día hábil.
Qué NO incluye
Es lo que dicen nuestros términos: preparamos el expediente y le acompañamos; las solicitudes las presenta y las firma usted.
No. Preparamos el expediente y el borrador del modelo; la autoliquidación la presenta y la firma su empresa, o su gestoría, en la sede electrónica de la AEAT. CIRCULR no es colaborador social y no actúa como representante de nadie ante la Administración. Con el borrador y las instrucciones, presentarlo lleva unos minutos.
No. Es un trabajo técnico de preparación: contar bien los kilos, documentar su origen y ordenar las exenciones que usted alega. Las dudas sobre su situación tributaria las resuelve su asesor fiscal, que además tendrá con este documento todo lo que necesita.
La lista de productos o envases del trimestre con sus kilos de plástico y, si lo hay, el porcentaje de plástico reciclado con su certificación UNE-EN 15343. Y para cada peso, de dónde sale: la ficha técnica, la declaración del proveedor o un pesaje propio. Si algún dato es una estimación, dígalo: el borrador lo marca y el consultor le indica qué documento conseguir.
Las alega usted y las confirma el consultor con el justificante a la vista. El formulario recoge los supuestos del artículo 75 de la Ley 7/2022 (envases sanitarios, ensilado agrícola, productos enviados fuera del territorio, productos destruidos antes del plazo) y deja sitio para describir otro. Una exención sin justificante no se descuenta de la base.
Con margen sobre el plazo: el 592 trimestral se presenta del 1 al 20 del mes siguiente al trimestre (hasta el 15 si domicilia el pago). Encárguelo en cuanto cierre el trimestre; si queda menos de una semana para el plazo, escríbanos antes de pagar y le decimos si llegamos.
No se descuenta. La ley exige acreditar el reciclado con certificación de una entidad acreditada conforme a la norma UNE-EN 15343; sin ella, el borrador lo deja dentro de la base y se lo avisamos, porque es la palanca más clara para pagar menos el próximo trimestre.
149 € más IVA por trimestre, pago único: no es una suscripción. Incluye la preparación completa y la revisión del consultor. La cuota del impuesto la ingresa usted a la AEAT; no pasa por nosotros.
¿Solo quiere saber cuánto le tocaría? La calculadora del modelo 592 es gratis y da la cifra al instante.