Volver al blog
CSRD en España 2026: calendario de plazos y obligaciones
Legislación

CSRD en España 2026: calendario de plazos y obligaciones

¿A quién obliga la CSRD en España y desde cuándo? Calendario completo de plazos por tamaño de empresa. Anticípate con el diagnóstico gratuito de CIRCULR.

Miguel Chavero Aranda18 de agosto de 20255 min lectura

El reloj corre: calendario de la CSRD

La CSRD ya está en vigor a nivel europeo desde enero de 2023. España tiene la obligación de transponerla a legislación nacional, y las empresas afectadas deben prepararse con antelación. Este artículo te ofrece un calendario claro para que no te pille desprevenido.

Aviso importante: el aplazamiento de 2025 («stop-the-clock»)

Antes del calendario, un cambio clave: en abril de 2025 la UE aprobó la Directiva (UE) 2025/794, conocida como «stop-the-clock» (dentro del paquete Ómnibus de simplificación). Esta directiva pospuso dos años la entrada en aplicación de la CSRD para todas las empresas que aún no habían empezado a reportar (la segunda y la tercera olas). El calendario que sigue ya incorpora ese aplazamiento.

Cronología completa (actualizada tras el «stop-the-clock»)

2023 — Entrada en vigor

  • 5 de enero de 2023: la directiva CSRD entra en vigor a nivel europeo.
  • Los Estados miembros tienen hasta julio de 2024 para transponerla a su legislación nacional.
  • España, como otros países, ha sufrido retrasos en la transposición, pero las obligaciones europeas se aplican igualmente.

Primera ola — grandes empresas de interés público (sin cambios)

  • Empresas afectadas: las que ya reportaban bajo la NFRD (más de 500 empleados, cotizadas o entidades de interés público).
  • Ejercicio fiscal: datos del año 2024.
  • Publicación del informe: durante 2025.
  • Estándares aplicables: ESRS completos.

Esta ola no se ve afectada por el aplazamiento: ya está reportando.

Segunda ola — grandes empresas (aplazada a 2028)

  • Empresas afectadas: grandes empresas que cumplan al menos dos de tres criterios:
    • Más de 250 empleados.
    • Más de 50 millones de euros de facturación neta.
    • Más de 25 millones de euros en activos.
  • Ejercicio fiscal: datos del año 2027 (antes, 2025).
  • Publicación del informe: durante 2028 (antes, 2026).
  • El «stop-the-clock» les concedió dos años más de margen.

Tercera ola — PYMES cotizadas (aplazada a 2029)

  • Empresas afectadas: PYMES que coticen en mercados regulados de la UE (excepto microempresas).
  • Ejercicio fiscal: datos del año 2028 (antes, 2026).
  • Publicación del informe: durante 2029 (antes, 2027).
  • Estándares aplicables: ESRS simplificados (LSME ESRS), con requisitos adaptados al tamaño.
  • Atención: existe además una propuesta de la Comisión (paquete Ómnibus) que podría dejar a las PYMES cotizadas fuera del ámbito de la CSRD. Conviene seguir su tramitación antes de dar nada por definitivo.

El efecto cascada: por qué las PYMES no cotizadas también deben prepararse

Aunque las PYMES no cotizadas no están obligadas directamente por la CSRD, el efecto cascada las afecta de tres formas:

1. Cadena de valor

Las grandes empresas deben reportar sobre su cadena de valor (Scope 3 del ESRS E1). Esto significa que pedirán datos a sus proveedores, subcontratistas y distribuidores.

Si tu PYME suministra a una gran empresa, es cuestión de tiempo que recibas un cuestionario ESG. No tener respuestas puede costarte contratos.

2. Sector financiero

Los bancos y aseguradoras europeos están sujetos a regulación propia (taxonomía EU, EBA guidelines) que les obliga a evaluar los riesgos ESG de su cartera. Esto se traduce en:

  • Cuestionarios de sostenibilidad al solicitar financiación.
  • Mejores condiciones para empresas con datos ESG verificados.
  • Posible denegación de crédito si no puedes demostrar gestión ambiental mínima.

3. Contratación pública

Varias comunidades autónomas y el propio Estado están introduciendo criterios de sostenibilidad en la contratación pública. Tener una huella de carbono calculada o una memoria de sostenibilidad puede ser un criterio de valoración o incluso un requisito.

Transposición en España: estado actual

España ha acumulado retraso en la transposición de la CSRD:

  • El anteproyecto de ley de transposición ha pasado por consulta pública.
  • La Directiva (UE) 2025/794 («stop-the-clock») debía transponerse antes del 31 de diciembre de 2025 para adelantar el aplazamiento de plazos, aunque el resto de la transposición de la CSRD siga completándose.
  • El ICAC (Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas) será el organismo supervisor.
  • Las sanciones por incumplimiento se definirán en la ley de transposición.

Mientras tanto, las empresas del primer grupo (grandes cotizadas) ya deben cumplir con los plazos europeos, independientemente del estado de la transposición española.

Checklist de preparación por plazos

Si estás en la segunda ola (grandes empresas, primer informe en 2028)

Aunque el plazo se ha aplazado, conviene ir teniendo:

  • Análisis de doble materialidad completado.
  • Sistemas de recogida de datos operativos.
  • Equipo responsable designado.
  • Auditor de sostenibilidad seleccionado.
  • Primer borrador de informe ESRS en elaboración.

Si estás en la tercera ola (PYMES cotizadas, primer informe en 2029)

Tienes margen, pero conviene ir avanzando para:

  • Familiarizarte con los ESRS simplificados.
  • Identificar tus temas materiales.
  • Empezar a recoger datos de consumo energético, emisiones y empleo.
  • Evaluar si necesitas asesoramiento externo.

Si eres una PYME no cotizada (efecto cascada)

Empieza por:

  • Calcular tu huella de carbono (Scope 1 y 2 como mínimo). Si dudas de cuándo es obligatoria para tu PYME y cuánto cuesta cada opción, lo explicamos en esta guía sobre la huella de carbono para PYMEs en España.
  • Tener claros tus datos de empleo, diversidad y residuos.
  • Preparar un dossier ESG básico para responder a cuestionarios de clientes.
  • Considerar inscribirte en el Registro de huella de carbono del MITECO.

Recursos útiles

No esperes al último momento

Las empresas que empiezan a prepararse ahora tendrán una ventaja significativa: datos más robustos, procesos más eficientes y mejor posicionamiento ante clientes e inversores. Las que esperen al último momento se enfrentarán a costes mayores y resultados de menor calidad.

En CIRCULR acompañamos a PYMES españolas en todo el proceso: desde el diagnóstico inicial con nuestro test CSRD gratuito hasta la elaboración de memorias de sostenibilidad completas. Empieza hoy.

¿Te ha resultado útil este artículo?

Descubre cómo CIRCULR puede ayudar a tu empresa con la sostenibilidad.