
Calendario CSRD: plazos y obligaciones para empresas españolas
Fechas clave, plazos de transposición y calendario de obligaciones de la CSRD en España. Prepárate con tiempo para cumplir la normativa.
El reloj corre: calendario de la CSRD
La CSRD ya está en vigor a nivel europeo desde enero de 2023. España tiene la obligación de transponerla a legislación nacional, y las empresas afectadas deben prepararse con antelación. Este artículo te ofrece un calendario claro para que no te pille desprevenido.
Cronología completa
2023 — Entrada en vigor
- 5 de enero de 2023: la directiva CSRD entra en vigor a nivel europeo.
- Los Estados miembros tienen hasta julio de 2024 para transponerla a su legislación nacional.
- España, como otros países, ha sufrido retrasos en la transposición, pero las obligaciones europeas se aplican igualmente.
2024 — Primer ejercicio de reporte (grandes empresas de interés público)
- Empresas afectadas: las que ya reportaban bajo la NFRD (más de 500 empleados, cotizadas o entidades de interés público).
- Ejercicio fiscal: datos del año 2024.
- Publicación del informe: durante 2025.
- Estándares aplicables: ESRS completos.
Estas empresas ya deberían estar recopilando datos y adaptando sus sistemas de gestión.
2025 — Segundo grupo (grandes empresas)
- Empresas afectadas: grandes empresas que cumplan al menos dos de tres criterios:
- Más de 250 empleados.
- Más de 50 millones de euros de facturación neta.
- Más de 25 millones de euros en activos.
- Ejercicio fiscal: datos del año 2025.
- Publicación del informe: durante 2026.
- Impacto estimado en España: unas 4.000-5.000 empresas adicionales.
2026 — PYMES cotizadas
- Empresas afectadas: PYMES que coticen en mercados regulados de la UE (excepto microempresas).
- Ejercicio fiscal: datos del año 2026.
- Publicación del informe: durante 2027.
- Estándares aplicables: ESRS simplificados (LSME ESRS), con requisitos adaptados al tamaño.
2028 — Posible exención temporal
- Las PYMES cotizadas que no estén preparadas pueden solicitar una exención de dos años (opt-out), retrasando su primer informe hasta 2029 (datos de 2028).
- Esta es una válvula de escape, no una estrategia. Las empresas que la usen quedarán rezagadas frente a sus competidores.
El efecto cascada: por qué las PYMES no cotizadas también deben prepararse
Aunque las PYMES no cotizadas no están obligadas directamente por la CSRD, el efecto cascada las afecta de tres formas:
1. Cadena de valor
Las grandes empresas deben reportar sobre su cadena de valor (Scope 3 del ESRS E1). Esto significa que pedirán datos a sus proveedores, subcontratistas y distribuidores.
Si tu PYME suministra a una gran empresa, es cuestión de tiempo que recibas un cuestionario ESG. No tener respuestas puede costarte contratos.
2. Sector financiero
Los bancos y aseguradoras europeos están sujetos a regulación propia (taxonomía EU, EBA guidelines) que les obliga a evaluar los riesgos ESG de su cartera. Esto se traduce en:
- Cuestionarios de sostenibilidad al solicitar financiación.
- Mejores condiciones para empresas con datos ESG verificados.
- Posible denegación de crédito si no puedes demostrar gestión ambiental mínima.
3. Contratación pública
Varias comunidades autónomas y el propio Estado están introduciendo criterios de sostenibilidad en la contratación pública. Tener una huella de carbono calculada o una memoria de sostenibilidad puede ser un criterio de valoración o incluso un requisito.
Transposición en España: estado actual
España ha acumulado retraso en la transposición de la CSRD. A fecha de 2025:
- El anteproyecto de ley ha sido sometido a consulta pública.
- Se espera que la transposición se complete entre finales de 2025 y principios de 2026.
- El ICAC (Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas) será el organismo supervisor.
- Las sanciones por incumplimiento se definirán en la ley de transposición.
Mientras tanto, las empresas del primer grupo (grandes cotizadas) ya deben cumplir con los plazos europeos, independientemente del estado de la transposición española.
Checklist de preparación por plazos
Si tu empresa está en el grupo 2025 (grandes empresas)
Ya deberías tener:
- Análisis de doble materialidad completado.
- Sistemas de recogida de datos operativos.
- Equipo responsable designado.
- Auditor de sostenibilidad seleccionado.
- Primer borrador de informe ESRS en elaboración.
Si tu empresa está en el grupo 2026 (PYMES cotizadas)
Tienes un año para:
- Familiarizarte con los ESRS simplificados.
- Identificar tus temas materiales.
- Empezar a recoger datos de consumo energético, emisiones y empleo.
- Evaluar si necesitas asesoramiento externo.
Si eres una PYME no cotizada (efecto cascada)
Empieza por:
- Calcular tu huella de carbono (Scope 1 y 2 como mínimo).
- Tener claros tus datos de empleo, diversidad y residuos.
- Preparar un dossier ESG básico para responder a cuestionarios de clientes.
- Considerar inscribirte en el Registro de huella de carbono del MITECO.
Recursos útiles
- MITECO: Registro de huella de carbono
- EFRAG: Estándares ESRS
- GRI: Estándares de reporting
- Calculadora CIRCULR: nuestra herramienta gratuita para un primer cálculo rápido.
No esperes al último momento
Las empresas que empiezan a prepararse ahora tendrán una ventaja significativa: datos más robustos, procesos más eficientes y mejor posicionamiento ante clientes e inversores. Las que esperen al último momento se enfrentarán a costes mayores y resultados de menor calidad.
En CIRCULR acompañamos a PYMES españolas en todo el proceso: desde el diagnóstico inicial con nuestro test CSRD gratuito hasta la elaboración de memorias de sostenibilidad completas. Empieza hoy.
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